Gracias al blog 'apunta y dispara', me hago eco de ciertas condiciones laborales que sufren los trabajadores fotoperiodistas, periodistas gráficos o meros aficionados que, cuando llevan una cámara al hombro, son sospechosos de cualquier cosa.
Ojalá tuviéramos los derechos que, en un mundo ideal, deberíamos tener.
Acuerdo oficial publicado en el NY Times Desde el 10 de julio 2010:
1. Usted puede hacer una fotografía de cualquier cosa y de cualquier persona en cualquier propiedad pública, excepto cuando una ley específica lo prohíba. es decir, calles, aceras, plazas, parques, edificios de gobierno abierto al público, y las bibliotecas públicas.
2. Usted puede disparar en la propiedad privada si está abierto al público, pero usted está obligado a parar si el propietario se lo solicita. Es decir, centros comerciales, tiendas, restaurantes, bancos, y los vestíbulos de edificios de oficinas.
3. Los propietarios privados de propiedad puede evitar la fotografía de su propiedad, pero no la fotografía de sus bienes desde un lugar público.(Esta se entiende mal, pero vamos, que si se puede desde fuera y no desde dentro. O algo asi.)
4. Cualquiera puede ser fotografiado sin consentimiento cuando están en un lugar público a menos que haya una expectativa razonable de privacidad. Es decir, viviendas particulares, baños, vestuarios, instalaciones médicas, y las cabinas de teléfono.
5. A pesar de conceptos erróneos, los siguientes temas son casi siempre permitido:
* accidentes, las escenas de incendios, los niños * actividades penales, las celebridades, la ley de los agentes del orden * puentes, infraestructura, medios de transporte * residenciales, comerciales y edificios industriales.
6. La seguridad es raramente una razón aceptable para restringir fotografía. Sacar una foto de un lugar público no puede infringir los secretos comerciales, ni es la actividad terrorista.
7. Los particulares no pueden detenerlo en contra de su voluntad a menos que un delito grave se haya cometido en su presencia. Los que lo hagan pueden estar sujetos a cargos criminales y civiles.
8. Es un delito que alguien le amenace con causarle daño, la detención, confiscación o el arresto porque usted está haciendo fotografías.
9. Usted no está obligado a proporcionar su identidad o razón para fotografiar salvo que sea interrogado por un agente del orden y la ley estatal lo requiera.
10. Los particulares no tienen derecho a confiscar su equipo sin una orden judicial. Incluso los agentes del orden deben obtener una menos que hacer un arresto. Nadie te puede obligar a eliminar las fotos que ha hecho.
Cuando se encuentre, amenazado con la detención o el decomiso de equipos, haga las siguientes preguntas:
* ¿Cuál es su nombre?
* ¿Cuál es el nombre de su empleador?
* ¿Puedo salir? Si no, ¿cuál es el fundamento jurídico de mi detención?
* Si el equipo es confiscado, ¿cuál es la base legal para la confiscación?
Gracias, Antonio Espejo, por la información.

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